Cámara de Comercio celebra aumento del cupo de equipaje acompañado para turistas que compran en Margarita

La directiva de la Cámara de Comercio, Puerto libre y Producción de Nueva Esparta, celebró haber recibido la Circular emitida el 18 de octubre de 2023 por la Intendencia Nacional de Aduanas la cual gira instrucciones sobre la aplicación de Decreto Nro 4.443 de fecha 24/02/2023 publicado en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nro. 42.074 de misma fecha.


José Gregorio Rodríguez presidente del gremio comercial, indicó que mediante el mismo se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado así como cualquier otro impuesto, tasa o gravámenes aduaneros, a las mercancías que ingresen al territorio aduanero nacional, que formen parte del equipaje de los pasajeros procedentes del Puerto Libre del estado Nueva Esparta.

Precisó que dicha Circular tiene por objeto dictar los lineamientos para la correcta aplicación de la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, así como cualquier impuesto, tasa o gravámenes aduaneros, para las mercancías que ingresen bajo el régimen de equipaje acompañado.

Rodríguez subrayó que la medida beneficia a los pasajeros mayores de 14 años, cuando la misma sea proveniente de la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística en la Península de Paraguaná del Estado Falcón o del Puerto Libre del Estado Nueva Esparta.

Adelantó que podrán adquirir mercancías adaptándose a esa modalidad, siempre y cuando en su conjunto no exceda de un valor en moneda nacional equivalente a 3.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.

En caso de trasladar licores, conforme a la Ley que regula la materia los mismos deben ser mayores de 18 años.

La exoneración podrá ser utilizada 2 veces al mes y la mercancía ingresada deberá ser para uso personal y domestico.

Indica además la Circular, que los comercios que hagan vida en el Puerto Libre del Estado Nueva Esparta mantendrán en sus establecidos comerciales, en lugar visible al público, un listado legible de los artículos exonerados y del limite de valor para ser considerado como equipaje acompañado.

Los rubros que podrán ser sacados desde la Isla hacia el resto del territorio nacional son alimentos, bebidas, licores nacionales e importados, muebles, textiles, tabacos, electrodomésticos, enseres de uso personal y domésticos.

Igualmente calzados de cualquier material, cosméticos, productos de perfumería y tocador, bisutería, joyería, accesorios de vehículos, juguetes y artículos deportivos.

@dexcyguedez

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