Minsa prohíbe actividades que generen aglomeración en lugares públicos y comerciales

Según el Minsa, con la reapertura de escalonada se han relajado las medidas en los sitios de trabajo, comercio y lugares públicos.AFP.Odalis Núñez


El Ministerio de Salud (Minsa) de Panamá emitió la Resolución N° 1386, que establece medidas extraordinarias relacionadas a las aglomeraciones de personas, a fin de mitigar la propagación del COVID-19.

VER RESOLUCIÓN N° 1386

El documento indica que se prohíbe la realización de toda actividad que conlleve aglomeraciones en lugares públicos, comerciales y de cualquier índole.

Para los casos de las reuniones laborales, solo se permitirá la participación de un máximo de diez (10) personas, siempre que cumplan con el distanciamiento de dos metros y las demás medidas de bioseguridad.

Según el Minsa, con la reapertura escalonada de las distintas actividades económicas, “se han relajado las medidas en los sitios de trabajo, el comercio y lugares públicos, permitiéndose un aforo y afluencia de personas, sin tomar en consideración las medidas de bioseguridad”.

La entidad ha evaluado el incremento de reproducción efectiva (RT), observándose que el mismo está por 1.8% y que la cantidad de contagios aumentan diariamente, lo cual sobrepasa el índice que permite la reapertura; de igual manera, se registra que el índice de capacidad hospitalaria se encuentra en estado crítico.

El Minsa en coordinación con los estamentos de seguridad pública y la Fuerza de Tarea Conjunta, velará por el cumplimiento de las medidas establecidas en la presente resolución y tomará medidas para dispersar a las personas que ocasionen aglomeraciones.

La resolución firmada por el ministro de Salud, Luis Sucre y el secretario General, José Belisario Baruco, empezó a regir a partir de su promulgación.

El Minsa reportó ayer viernes 11 de diciembre, 2,355 nuevos casos de covid-19 en las últimas 24 horas, elevando a 187,779 el total de contagios.

Telemetro

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