Anuncian costo de prueba COVID-19 para viajeros

Si la prueba de Hisopado/PCR o antígeno sale positiva, la persona pasará a aislamiento obligatorio en un hotel hospital designado por el Ministerio de Salud. A los siete (7) días se le realizará una prueba de antígeno. Si el resultado es positivo, deberá culminar el aislamiento de catorce (14) días.

Diana Díaz


El Aeropuerto Internacional de Tocumen anuncia a todos los viajeros, nacionales, residentes y extranjeros que ingresen al país desde el 12 de octubre y que no cuenten con un Certificado de Prueba de Hisopado/PCR o antígeno negativo, que el costo por realizarse la prueba en el Aeropuerto, será de cincuenta dólares ($50.00).

Desde este lunes entran en funcionamiento tres Centros de Hisopados ubicados estratégicamente y debidamente señalizados para la atención de viajeros, en el Área Central, Muelle Norte y Satélite B dentro de la Terminal 1 del Aeropuerto Internacional de Tocumen.

Los viajeros podrán obtener los resultados en un tiempo aproximado entre 20 a 30 minutos.

Según el Decreto Ejecutivo No. 1089 del 23 de septiembre de 2020, que establece medidas sanitarias que deben cumplir las personas nacionales, residentes y extranjeros que ingresen a la República de Panamá, a partir del 12 de octubre, deberán presentar un Certificado de Pruebas de Hisopado/PCR o antígeno negativo con un máximo de 48 horas, sin necesidad de cumplir aislamiento obligatorio y de no tenerla, tendrán la obligación de realizarse una prueba de Hisopado rápida, previo al registro de migración del Aeropuerto, la cual será pagada por el viajero.

Por su parte, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), comunica que el ingreso al país de los marinos para embarque y repatriación,  a partir del 12 de octubre de 2020, estará sujeto al Decreto Ejecutivo No. 1089 del 23 de septiembre de 2020, que establece:

Artículo 2. Toda persona nacional, residente o extranjera que pretenda ingresar al territorio nacional, presentará a su llegada al país, el Certificado de Prueba de Hisopado/PCR o antígeno negativo, con un máximo de cuarenta y ocho (48) horas y podrá ingresar al país sin necesidad de cumplir con aislamiento obligatorio, cumpliendo a su vez con todas las medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud.

Artículo 3. Toda persona nacional, residente o extranjera, que a su llegada al país no porte el Certificado de Prueba de Hisopado/PCR o antígeno negativo, según lo indica el artículo 2 del presente Decreto Ejecutivo, tendrá la obligación de realizarse una prueba rápida, previo a su registro en migración del Aeropuerto, la cual será cargada a costo del viajero.

Según el resultado de la prueba, al viajero se le aplicaran las siguientes medidas:

Si el resultado de la prueba rápida sale negativo, estará exento de cumplir con el aislamiento obligatorio.

Si la prueba de Hisopado/PCR o antígeno sale positiva, la persona pasará a aislamiento obligatorio en un hotel hospital designado por el Ministerio de Salud. A los siete (7) días se le realizará una prueba de antígeno.  Si el resultado es positivo, deberá culminar el aislamiento de catorce (14) días y si el resultado es negativo, termina su aislamiento.

Por lo anterior, las agencias navieras, líneas navieras o representantes legales, cumplirán con las nuevas medidas establecidas por parte del Ministerio de Salud a partir de la fecha indicada y hasta nuevo aviso.

De la misma manera, continuarán proporcionando a la Autoridad,  los requisitos de las Modalidades respecto a la última edición del Instructivo para el Cambio de Tripulantes. Las agencias navieras serán las responsables de cumplir con los procesos migratorios y logística con las aerolíneas.

Panamá América

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